Sáb. Abr 20th, 2024

ATA. Los Autónomos sin empleados o con hasta dos trabajadores podrán solicitar el Kit Digital a partir del 20 de Octubre.

El Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ya ha publicado la fecha definitiva para que los autónomos con menos de tres empleados soliciten el Kit Digital.

La tercera y última convocatoria del Kit Digital ya ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado. A partir del próximo 20 de octubre a las 11:00, los autónomos sin trabajadores y con hasta dos empleados podrán solicitar esta ayuda, cuya cuantía para este segmento de emprendedores asciende a 2.000 euros. Desde esa fecha, ya estarán abiertas las tres convocatorias del programa.

Así lo ha anunciado el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, quien a través de Red.es gestiona las tres convocatorias del Programa Kit Digital. Durante un periodo de 12 meses los autónomos podrán solicitar la ayuda estatal a través de la sede electrónica de Red.es. Una ayuda que permitirá adquirir soluciones de digitalización para áreas clave como la presencia en Internet, el comercio electrónico o la factura electrónica.  

La tercera convocatoria se dirige a los autónomos con hasta dos empleados 

Red.es, entidad adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, ha publicado la tercera convocatoria del Programa Kit Digital, cuyo objetivo principal es ofrecer ayudas económicas para la digitalización de los autónomos y las pequeñas y medianas empresas. Tras poner en marcha las dos primeras convocatorias (la primera para negocios con entre diez y 49 empleados y la segunda para negocios con entre tres y nueve empleados), el pasado 12 de octubre fue publicada la tercera y última convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.  

Esta nueva convocatoria del Kit Digital está dirigida a los autónomos y pequeños negocios con hasta dos empleados, que podrán solicitar las ayudas a partir del próximo 20 de octubre a las 11:00 a través de la Sede Electrónica de Red.es. El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto durante los siguientes 12 meses desde la fecha de apertura de la convocatoria. Es decir, los autónomos podrán acceder a esta subvención estatal hasta el 20 de octubre de 2023 a las 11:00. Sin embargo, tal y como queda reflejado en el BOE, en caso de agotarse el crédito presupuestario establecido, que asciende a 500 millones de euros, el plazo finalizaría antes de dicha fecha. No obstante, también se especifica que este presupuesto podría ser ampliado. 

Con un presupuesto inicial que asciende a 500 millones de euros, los autónomos que cumplan con los requisitos y que, por tanto, resulten beneficiarios del programa, recibirán la cantidad de 2.000 euros

Los autónomos podrán utilizar los 2.000 euros para implementar soluciones digitalizadoras 

Las ayudas, que tienen consideración de subvención directa y que son otorgadas mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, están destinadas a financiar la adopción de soluciones de digitalización disponibles en el mercado. De esta manera, una vez concedida la subvención, y para poder ejercer el derecho al cobro de la misma –que no será efectivo hasta su correcta justificación-, el autónomo beneficiario deberá seleccionar y contratar la solución o soluciones de digitalización que desee adoptar de entre todas las disponibles en el ‘Catálogo de Soluciones de Digitalización del programa’. 

La cuantía de la ayuda para este segmento permitirá que tanto autónomos como pequeños negocios puedan adquirir soluciones de digitalización para áreas clave como: sitio web y presencia en Internet; gestión de redes sociales; comercio electrónico; gestión de clientes; servicios y herramientas de oficina virtual; inteligencia empresarial y analítica; gestión de procesos; facturación electrónica; comunicaciones seguras; ciberseguridad; así como las dos nuevas soluciones de digitalización que se añadieron con la modificación de la orden de bases: presencia avanzada en Internet y marketplace

Desde la notificación de la resolución de la ayuda, los autónomos tendrán seis meses para formalizar los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización asociados al Kit Digital. “Transcurrido dicho plazo, el trabajador por cuenta propia perderá el derecho al cobro del importe de la subvención concedida que no figure asociada a los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización debidamente formalizados”, recoge la convocatoria. 

Una vez formalizado el acuerdo y validado por la entidad colaboradora, el procedimiento se organizará en dos fases: 

  • Primera fase: en un plazo máximo de tres meses se deberá realizar la instalación y desarrollo de la solución. Además, el agente digitalizador deberá emitir la factura correspondiente, previa conformidad del beneficiario de la subvención.  
  • Segunda fase: en un plazo de doce meses desde la emisión de la factura, el agente digitalizador deberá realizar el mantenimiento de la solución de digitalización, la prestación de un servicio de soporte y la formación necesaria que permita adquirir los conocimientos básicos para su gestión. 

Cabe destacar que son los agentes digitalizadores los que deberán presentar toda la documentación justificativa y los que reciban el pago del bono digital cedido por el beneficiario, una vez haya sido aceptada su justificación.  

Requisitos imprescindibles para solicitar el Kit Digital 

Para poder ser beneficiario de esta tercera convocatoria del Kit Digital, además de tener dos empleados como máximo, es necesario cumplir con una serie de requisitos, establecidos en el artículo 8 de las Bases Reguladoras:  

  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) nº 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021 
  • Estar al corriente de pago tanto con la Agencia Tributaria como con la Seguridad Social 
  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común 
  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones 
  • No superar el límite de ayudas de minimis 
  • Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital

¿Cómo pueden solicitarse las ayudas del Kit Digital?  

Antes de solicitar la ayuda del Kit Digital, es imprescindible disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital. Para ello, será necesario registrarse en el área privada de Acelera pyme y completar el test de autodiagnóstico, que no lleva más de 10 minutos.  

En segundo lugar, los autónomos deberán consultar la información disponible sobre las soluciones de digitalización del programa, donde podrán escoger una o varias de las indicadas en el catálogo, que puede consultarse en el portal web de Acelera pyme. También podrá consultarse el catálogo de agentes digitalizadores, compuesto por más de 9.300 agentes. Tras este paso, los autónomos podrán acceder a la Sede Electrónica de Red.es y solicitar el Kit Digital.

Soluciones digitales Kit Digital

“Deberá seleccionar uno o varios agentes digitalizadores con los que desarrollar las soluciones de digitalización que mejor se adapten a las necesidades de su negocio y suscribir los acuerdos de prestación de soluciones de digitalización”, explicaron desde Red.es.  

Con el objetivo de facilitar el acceso a las ayudas, se ha habilitado la figura del “representante voluntario”, que permite que cualquier tercero, sea persona física o jurídica, y que esté debidamente autorizado, pueda solicitar la ayuda por cuenta del negocio. A su vez, bajo el lema “cero papeles”, Red.es ha diseñado un sistema de tramitación con el que se utilizan herramientas de robotización e inteligencia artificial para reducir la carga burocrática y que permite disminuir el número de documentos a presentar, lo que permite acortar los plazos de concesión. 

“Será posible solicitar la ayuda sin aportar ninguna documentación. Será suficiente con que el empresario autorice a Red.es a consultar de oficio los requisitos y obligaciones requeridos para obtener la condición de beneficiario, salvaguardando la transparencia y seguridad jurídica”, explicaron desde Red.es.  

ATA ofrece asesoramiento adicional gratuito para solicitar las ayudas del Kit Digital 

El Kit Digital se está convirtiendo en una de las ayudas a la digitalización con más concurrencia entre los autónomos. Hasta la fecha, el programa ha recibido cerca de 77.000 solicitudes por parte de empresas de entre 10 y menos de 50 empleados y 50.000 solicitudes por parte de aquellas empresas o negocios con entre tres y nueve empleados. De hecho, el primer día que se puso en marcha la segunda convocatoria se recibieron más de 12.000 peticiones.  

Para solicitar el Kit Digital, además de consultar la página web de Red.es y de Acelera pyme, los autónomos pueden acudir a organizaciones como la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA). Con presencia en todas las Comunidades Autónomas y en prácticamente todas las provincias, ATA ofrece asesoramiento y acompañamiento gratuito a todos los autónomos durante el proceso de solicitud del Kit Digital. Su principal objetivo es evitar errores o cualquier tipo de improviso y que los autónomos puedan tener todas las facilidades posibles para solicitar la ayuda estatal y digitalizar su actividad. 

Para ello, han puesto en marcha la página web www.autonomoskitdigital.es, donde ayudan a los profesionales a gestionar la solicitud. “ATA ayudará a los autónomos que lo necesiten en función de su tipo de negocio y sus objetivos y, además, estaremos en contacto con ambas partes durante todo el proceso por si surge algún problema entre el profesional y el agente digitalizador”, señalaron fuentes oficiales de la Federación. 

https://www.autonomosyemprendedor.es/articulo/todo-digital/autonomos-empleados-podran-solicitar-kit-digital-partir-20-octubre/20221013162758027931.html