Jue. Mar 28th, 2024

EL PARTIDO POPULAR DE FUERTEVENTURA REÚNE A LOS PROFESIONALES DEL SECTOR PARA ANALIZAR LA PROPUESTA DE MODIFICACIÓN DE LA LEY DE ORDENACIÓN DEL TRANSPORTE POR CARRETERA.

IMAGEN 1El Partido Popular de Fuerteventura organizó el pasado día, 27 en el Centro Polivalente de El Charco, una Jornada orientada a debatir el anteproyecto e la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias

Se avecinan curvas en el sector del transporte en el Archipiélago. La nueva regulación que prepara el Gobierno Canario ha levantado ampollas entre los profesionales del taxi. 

La modificación de dicha Ley ha concitado el rechazo prácticamente unánime de los representantes de taxi de toda Canarias. La tarifa máxima obligatoria del taxi, el límite de contratación de un solo asalariado, la eliminación de la sanción de inhabilitación o la falta de protección en una región ultraperiférica son otros de los aspectos de la ley canaria que han generado controversia entre los profesionales del sector.

La ponencia realizada por la Federación Regional de Taxis de Canarias, expuesta por su presidente D. Juan Artiles López, entró a debatir los siguientes conceptos y conclusiones:

1º.- DEFINIR QUE DEBE SER LA LEY DE TRANSPORTES:

a) Nuestro Estatuto de Autonomía contempla las competencias en materia de transportes, articulo 30.18, y por tanto, no debemos nunca renunciar por ello, a ninguna competencia que nos sea propia.

b) La actual ley tiene por objeto la Ordenación del Transporte por Carretera y las actividades complementarias que relacionadas con el mismo, siendo por tanto su objetivo primario, el regular la actividad de transporte por carretera en todas sus modalidades.

c) Se hizo hincapié en este preámbulo, porque de la lectura de último borrador del que disponemos para la modificación de la ley actual, parece que lo que se ha pretendido hacer es una copia de la normativa nacional, con matices sí, pero matices que a nuestro entender, desvirtúan tanto una como la otra en favor de un determinado tipo de transporte o modelo de transportista

d) En esta propuesta de  modificación de la ley, se argumentan determinado cambios, sobre todo en el sector del taxi,  aludiendo a las modificaciones legislativas que supuestamente vienen desde Europa, sin tener en cuenta a nuestro juicio, dos cuestiones fundamentales:

1º.- Se pretende hacer una liberalización que va más allá de las propias recomendaciones de la Unión Europea para determinado tipos de transportes, mientras se es tremendamente intervencionista en determinadas materias que afectan directamente al sector del taxi.

2º.- Como consecuencia de esta primera reflexión se echa por tierra, en el ámbito del transporte, una de las principales luchas que debemos tener en defensa de nuestra Autonomía, que  todos los partidos y dirigentes políticos debieran abanderar, como es nuestro reconocimiento como región ultra periférica, elemento este que nos habilita para la salvaguarda de nuestro territorio y sistema económico, más débil y vulnerable que el del territorio continental.

DESDE EL SECTOR DEL TAXI NOS NEGAMOS A ANALIZAR NUESTRO SECTOR POR SÍ SOLO.

El Taxi, es un elemento más dentro del sistema de transportes en Canarias, y por tanto, es imposible analizar esta norma sin que tomemos en consideración la influencia del resto de los elementos y modos de transporte con respecto al taxi y sus efectos sobre la economía de este sector.

Así podemos decir, que nos oponemos frontalmente a lo que pudiera ser la legalización del “todo incluido” en el transporte mediante la inclusión del Regular de Uso Especial, que da pie a la posibilidad de cobro individual.

Y es que no podemos entender porque existiendo la figura del Transporte Turístico se derivan estas demandas de servicio que son de naturaleza esencialmente turísticas, a una nueva regulación de Transporte Regular de Uso Especial, cuando paradójicamente la Regulación Nacional de esta figura de transportes va dirigida a centros de trabajo, colegios, cuarteles etc…(Art. 105 ROTT)

En definitiva; cuando a lo largo de toda la modificación legislativa parece tomar como referencia la LOTT y el ROTT, a la hora de regular el transporte de de los turistas se hace caso omiso a esta regulación nacional y  mezcla el “Turístico” con el “Ocio y Recreo” y permite su prestación mediante el Regular de Uso Especial con posibilidad de cobro individual, lo que nos parece como ya hemos expresado en otros foros pura ingeniería de la incongruencia.

La mayor prueba y el mejor ejemplo de esta ingeniería de la incongruencia, la sufrimos a diario en toda nuestra Comunidad Autónoma, en especial en las zonas aeroportuarias y turísticas, donde podemos ver como se utiliza lo que debiera ser un recurso complementario dentro del transporte discrecional con la utilización de vehículos de 9 a 24 plazas. que funcionan la 24 horas del día como taxis, sin que no exista la más mínima alusión a la solución de este problema en la modificación legislativa propuesta.

Por si no fuera suficiente con lo que ya hemos comentado con respecto a la intención de la creación del todo incluido en el Transporte en Canarias, al “transporte privado complementario de viajeros” se le incorpora una supuesta regulación reglamentaria para ampliar su ámbito de aplicación, lo que acaba de forma clara con las limitaciones que hasta ahora y como elemento de regulación contemplaba  nuestra normativa.

En referencia a las VTC, resumiremos diciendo que la inclusión de de vehículo histórico dentro de esta modalidad de transporte solo favorece la practica eliminación de los requisititos, que para la diferenciación de estos vehículos pudiera contener la propia Ley.

Debiera ser innegociable, tanto para el sector del taxi como para el de las VTC, la continuidad de la proporcionalidad en el número de VTC, tanto en el ámbito general de Canarias como en el propio de cada isla, porque ello nos permitiría a ambos sectores una mayor defensa frente a la posible introducción de nuevos operadores.

3.- EL TAXI

La propia Ley, en su preámbulo, ya establece que se pretende modificar sustancialmente este sector, insinuándose incluso la creación de grandes empresas de taxi, la cualificación profesional, el número de plazas, etc…, pretendiendo dar una vuelta completa a este sector, llegando a proponer incluso un elemento nuevo, las autorizaciones VT de ámbito insular, – como si no existiesen ya suficientes problemas.

Por supuesto, nos oponemos frontalmente a lo que el sector define como autentica salvajada, no vemos la necesidad de introducir una serie de cambios que a nuestro entender solo van dirigidos a solucionar problemas que nada tienen que ver ni con el taxi en particular, ni con el segmento de mercado  al que a día de hoy presta servicio el taxi, porque además de no solucionar nada y no abrirnos a nuevos mercados, solo servirían para afianzar la postura de determinados elementos dentro del sector que distorsionan el equilibrio e impiden que este avance, como lo viene haciendo, en los últimos tiempos para desterrar definitivamente la ancestral atomización de la que se nos acusa.

4.- ADMINISTRACIONES

La prueba más notoria de la liberalización salvaje que se pretende con esta modificación legislativa la tenemos en la supresión de artículos como el 30 de la actual Ley, que confiere al Gobierno de Canarias la capacidad de controlar y ordenar el crecimiento del sector en determinados momentos de crisis o de  circunstancias y situaciones de cierta excepcionalidad, que no  viene a ser más que una de las aplicaciones  prácticas que nos brinda nuestra condición de región ultraperiferica dentro de la Unión Europea.

A lo que habría que sumar la modificación de los artículos 57.2 y  111, de la Ley, que disfraza la supresión de la práctica totalidad de la capacidad sancionadora de los ayuntamientos, diciendo que se pretende precisar sus competencias, habilitando dichas competencias a los vehículos con autorización expedida por los mismo- vamos, que solo podrán sancionar a los taxis- .

En este punto en concreto, y teniendo en cuenta la capacidad inspectora del propio Gobierno de Canarias o de los Cabildos, nos parece ilógico el no reforzar las competencias municipales, sobre todo en lo que se refiere a los transportes que se realicen con inicio y finalización dentro del propio término municipal.

Estas conclusiones son un resumen de la visión que hace FEDETAX en referencia a la propuesta de modificación legislativa planteada por el Gobierno de Canarias, entendiendo que una reforma de la Ley de Transportes pudiera ser necesaria y conveniente, pero no tal cual se plantea en el borrador de la Ley propuesto. Proponemos que debiera de ser una modificación que incidiera y defendiera más nuestras peculiaridades y estableciera diferencias claras entre los  distintos elementos del transporte que eviten de la forma más eficiente posible la aparición de nuevos elementos del transporte, que acostumbrados a vivir de forma continua en la alegalidad,  aprovechan de los vacios legales existentes para dar cobertura a sus actuaciones. 

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