La Agencia Tributaria Canaria implantará un nuevo sistema de devolución del impuesto sobre combustibles para agricultores y transportistas a partir de marzo de 2026.
La Agencia Tributaria Canaria pondrá en marcha, a partir del 1 de marzo de 2026, un nuevo sistema de devolución parcial del Impuesto Especial de la Comunidad Autónoma de Canarias sobre combustibles derivados del petróleo, dirigido a agricultores y transportistas, que se calculará en función del consumo real y no por módulos.
Este cambio, que se aprobará mediante una Orden de la Consejería de Hacienda y Relaciones con la Unión Europea, supone que la devolución pasará a determinarse exclusivamente por el consumo efectivo de gasolina y gasóleo profesional, dejando sin efecto el sistema de cálculo basado en consumos estimados por módulos.
Para poder beneficiarse de esta devolución, los agricultores y transportistas deberán cumplir una serie de requisitos. Entre ellos, figuran estar dados de alta en el censo de Agricultores y Transportistas (modelo 435), utilizar un medio específico de pago en el momento de la adquisición del combustible —la tarjeta de combustible profesional autorizada por la Agencia Tributaria Canaria— y realizar la compra en una instalación de venta al por menor autorizada, inscrita en el registro territorial correspondiente (CIM)
En el caso de aquellos profesionales que cuenten con una instalación de consumo propio, será obligatorio solicitar previamente la inscripción de dicha instalación en el Registro de Instalaciones de Consumo Propio para poder acceder a la devolución parcial del impuesto.
El nuevo sistema se apoya en la creación y regulación de tres registros fundamentales: el Registro de Empresas Emisoras de Tarjetas (EET), el Registro de Instalaciones Minoristas (CIM) y el Registro de Instalaciones de Consumo Propio (CAE). Las solicitudes de inscripción en estos registros deberán realizarse a través de los formularios web disponibles en la sede electrónica de la Agencia Tributaria Canaria.
Asimismo, se mantiene la obligación para los beneficiarios de presentar la declaración censal modelo 435, en la que deberán comunicar los vehículos afectos a la actividad. Esta declaración podrá presentarse durante todo el mes de enero. Además, será imprescindible disponer de una tarjeta de combustible expedida por alguno de los emisores autorizados para poder percibir la devolución.
Toda la información y normativa relacionada con este nuevo sistema de devolución estará disponible en la página web de la Agencia Tributaria Canaria, que también ofrecerá atención para resolver dudas y aclaraciones sobre su funcionamiento.
