Dom. Abr 28th, 2024

Puerto de la Cruz. Convocatoria de pruebas para la obtención del permiso municipal de conductor de Taxi.

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Número 9, Viernes 19 de enero de 2024

PUERTO DE LA CRUZ

ÁREA DE EMPLEO, DEPORTES Y PROMOCIÓN DE LA SALUD

ANUNCIO

CONVOCATORIA DE PRUEBAS DE APTITUD PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO DE TAXI

Mediante Decreto número 2020-4084 de la Concejala Delegada del Área de Bienestar Comunitario, Acción Educativa y Prácticas Saludables, se aprobaron las bases que han de Regir para la Prueba de aptitud de obtención del permiso municipal de conductor/a de auto taxi, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, número 131, de 30 de octubre de 2020, y que figuran como Anexo a este Anuncio.

La Convocatoria de las Pruebas de aptitud se aprueba mediante Decreto número 2024- 0057 del Concejal Delegado del Área de Empleo, Deportes y Promoción de la Salud.

El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 DIAS HABILES, que se empezará a contar a partir del día siguiente a aquel en que se publique este anuncio de convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

En todo caso, el Ayuntamiento difundirá las Bases de la convocatoria, por los medios que considere oportunos.

Las solicitudes y la documentación que se acompañe se presentarán, en el Registro municipal en el horario comprendido entre las 9:00 y las 14:00 o por de medios telemáticos a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento, accesible en la dirección electrónica https://puertodelacruz.sedelectronica.es/, sin perjuicio de que puedan ser presentadas por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estarán dirigidas al Alcalde – Presidente del Excmo. Ayto. de Puerto de la Cruz.

Asimismo, podrán presentarse en los Registros y Oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Las sucesivas publicaciones relacionadas con el presente expediente se realizarán en el Tablón de Anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz.

ANEXO I

BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR PARA LA PRUEBA DE APTITUD PARA LA OBTENCION DEL PERMISO MUNICIPAL DE CONDUCTOR/A DE AUTO-TAXI EN EL MUNICIPIO DE PUERTO DE LA CRUZ.

PRIMERA. – Objeto de la Convocatoria y Régimen Jurídico.

Es objeto de la presente convocatoria el acceso a la prueba de aptitud para obtener permiso municipal para conducir auto-taxis en el municipio Puerto de la Cruz.

El régimen jurídico aplicable será el previsto en:

– La Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Taxi del municipio de Puerto de la Cruz (B.O.P. nº 163 de 15 de diciembre de 2014)

– La Ley 13/2007 de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carreteras de Canarias.

– El Decreto 74/2012, de 2 de agosto de 2012, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio de Taxi.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en cualquier otra normativa que le sea de aplicación.

Las publicaciones relacionadas con el presente se realizarán en el Tablón de Anuncios y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz. La propia convocatoria se publicará además en el Boletín Oficial de la Provincia.

SEGUNDA. – Requisitos de los aspirantes.

Los aspirantes que deseen obtener el permiso municipal de conductor de auto taxi deberán cumplir y acreditar los siguientes requisitos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ordenanza Municipal, que establece lo siguiente:

1. Los vehículos taxis deberán ser conducidos exclusivamente por quienes estén en posesión del permiso municipal de conductor, que deberá expedir el Ayuntamiento (en la forma que se determine).

2. El interesado, deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Poseer el permiso de conducir de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte de viajeros, expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.

b) Carecer de antecedentes penales.

c) No padecer enfermedad infecto-contagiosa o impedimento físico o psíquico que imposibilite el normal ejercicio de la profesión de conductor de vehículos taxi.

d) Superar la prueba de aptitud necesaria para acceder al permiso municipal de conductor de auto taxis.

TERCERA. – Solicitudes, Plazos de Presentación y documentación.

Las instancias se presentarán en modelo normalizado disponible en la sede electrónica de este de Ayuntamiento de Puerto de la Cruz.

Las solicitudes y la documentación que se acompañe se presentarán, en el Registro municipal en el horario comprendido entre las 9:00 y las 14:00 o por de medios telemáticos a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento, accesible en la dirección electrónica https://puertodelacruz.sedelectronica.es/ , sin perjuicio de que puedan ser presentadas por cualquiera de los medios previstos en el artículo16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Estarán dirigidas al Alcalde-Presidente del Excmo. Ayto. de Puerto de la Cruz.

El plazo de presentación de solicitudes se establece en veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el Boletín Oficial de la Provincia. El interesado que reúna los requisitos expresados en la base anterior presentará la siguiente documentación:

a) Documento Nacional de Identidad del solicitante.

b) Permiso de conducir de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte de viajeros, expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.

CUARTA. – Admisión de los aspirantes

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, por el Ayuntamiento de Puerto de la Cruz, en el plazo máximo de un (1) mes, procederá a la aprobación de la lista provisional de admitidos y excluidos, con expresión de las causas de exclusión y plazo de subsanación, en su caso.

Dicho acuerdo se publicará en el Tablón de Anuncios y en la sede electrónica.

Con el objeto de subsanar las causas que hayan motivado la exclusión u omisión de las citadas listas, los aspirantes dispondrán de un plazo de 5 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de las listas provisionales en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica.

Los aspirantes que dentro del plazo otorgado no subsanen las causas de exclusión o aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación del proceso.

Transcurrido el plazo establecido en el párrafo anterior, una vez resueltas las alegaciones y/o subsanados los errores, se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la sede electrónica la lista definitiva de aspirantes admitidos y la fecha, lugar y hora de celebración de las pruebas.

En el caso de no haber excluidos, la lista provisional pasará a definitiva, y así se indicará en la lista.

QUINTA. – Tribunal Calificador.

La designación del Tribunal Calificador que presidirá la realización de la prueba se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en la sede electrónica y estará compuesto por un Presidente, un Secretario y un mínimo de dos vocales.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del Presidente, del Secretario y al menos uno de sus vocales. El Tribunal quedará integrado, además, por los suplentes respectivos, que serán designados simultáneamente con los titulares.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la Concejalía del Área de Bienestar Comunitario, Acción Educativa y Prácticas Saludables, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 octubre, de régimen Jurídico del Sector Público.

El Tribunal estará facultado para resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el curso de las pruebas selectivas y para adoptar los acuerdos necesarios en todo lo no previsto en las presentes bases.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de la prueba y para la publicación de sus resultados.

SEXTA. – El sistema de la prueba: Comienzo y desarrollo de la misma.

La fecha, lugar y hora fijada para la celebración de la prueba, que se incluirá en la resolución de la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, será publicada en el Tablón de Anuncios y en la sede electrónica de este Excmo. Ayto. de Puerto de la cruz. Dicha prueba será de carácter obligatorio y eliminatorio.

El día de la prueba se procederá a nombrar a los aspirantes admitidos en un llamamiento único al que deberán ir provistos del DNI original o cualquier otro documento que acredite, fehacientemente su identidad. La no presentación de un aspirante a dicha prueba en el momento de ser llamado o la deficiente acreditación de su identidad determinarán su exclusión automática de la misma.

La prueba de aptitud consistirá en contestar, en una hora de tiempo, un cuestionario tipo Test de entre veinte y treinta (20-30) preguntas con tres respuestas alternativas, de las cuales, solo una de ellas es correcta. O bien una pregunta de desarrollo o una pregunta con ubicación de lugares más característicos de nuestro término municipal.

A cada respuesta correcta se le atribuirá el valor de un (1) punto. Las preguntas no contestadas no se computarán a ningún efecto. A fin de superar la prueba será necesario que la suma total de la puntuación corresponda como mínimo al 75 % del total de puntos del examen.

Las preguntas versarán sobre las siguientes materias:

– Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de Taxis de este municipio (BOP núm. 163, 15 de diciembre de 2014).

– Capítulos II y III del Título V de la Ley 13/2007 de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias, conocimientos en relación a los artículos 80 a 87 ambos inclusive y régimen sancionador.

– Decreto 74/2012, de 2 de agosto por el que se aprueba el Reglamento del Servicio Ayuntamiento de Taxi (B.O.C. Nº 157 de 10 de agosto de 2012).

– Historia, cultura, costumbres y callejero de la ciudad. En este sentido se acreditará el conocimiento, dentro del término municipal de las vías públicas, lugares de interés turístico, situación de locales de esparcimiento, oficinas públicas, centros oficiales, principales hoteles, centros culturales, centros hospitalarios, protección civil, bomberos e itinerarios más directos para llegar al punto de destino, así como los horarios y días hábiles de los puntos de mayor interés turístico y las oficinas de información.

– Código de circulación.

– Instrucción relativa a la uniformidad/ vestimenta y excepciones.

– Manual de Buenas Prácticas para la atención al cliente (Taxis), publicado por “Anfitriones Turismo” en colaboración con el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

– Inglés y alemán básico: Saludar, despedirse, preguntar direcciones y vocabulario relacionado con edificios públicos (Ayuntamiento, sede Gobierno, hospital…).

SÉPTIMA. – Relación de Aprobados y Presentación de Documentación.

Finalizada la valoración del ejercicio, en el plazo máximo de 15 días se publicará el listado provisional con las calificaciones de los aspirantes (aptos y no aptos) en el tablón de anuncios, así como en la sede electrónica de este Excmo. Ayto. Se concederá un plazo de diez (10) días hábiles para presentar alegaciones. Transcurrido dicho plazo procederá a la publicación de las listas definitivas.

El orden de los aspirantes en la lista definitiva de aprobados se establecerá de mayor a menor puntuación, y en caso de empate por orden alfabético de apellidos.

En el plazo máximo de diez (10) días, a contar desde la publicación de la lista definitiva, los aspirantes que hayan pasado favorablemente la prueba de aptitud deberán presentar, de conformidad con lo dispuesto en el art. 68 de la Ordenanza Municipal reguladora del Servicio de taxis del municipio de Puerto de la Cruz, la siguiente documentación:

a) Documento Nacional de Identidad del solicitante.

b) Permiso de conducir de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte de viajeros, expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico.

c) Dos fotografías tamaño carné, en color.

d) Certificado de antecedentes penales.

e) Certificado médico oficial acreditativo de no padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni impedimento físico o psíquico que imposibilite para el normal ejercicio de la profesión de conductor de vehículos taxis, debidamente sellado por el Colegio Oficial de Médicos de la Provincia.

f) Documento acreditativo del pago de las tasas municipales reglamentariamente establecidas.

OCTAVA. – Expedición y vigencia del permiso.

El permiso municipal de conducir auto taxi tendrá validez por un período máximo de diez años, debiendo ser renovado a instancia de sus titulares, con una antelación mínima de un mes a la fecha de vencimiento.

La renovación se efectuará sin necesidad de superar una nueva prueba de aptitud, siempre que acredite:

– La posesión del Permiso de Conducir de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente, expedido por la Jefatura Provincial de Tráfico válido, que le faculte para conducir Auto-Taxis.

– No padecer limitación que le impida el normal desempeño de las funciones de conductor de taxi.

– Carecer de antecedentes penales.

NOVENA. – Convocatorias anuales.

El Ayuntamiento de Puerto de la Cruz convocará una vez al año las pruebas de aptitud (total 3), para obtener el correspondiente Permiso Municipal de Conducción, conforme a las presentes Bases.

DÉCIMA. – Recursos

La convocatoria y sus bases y cuantos actos administrativos se derivan de esta, y de la actuación del tribunal, podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y formas previstas en la ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública.

En todo lo no previsto en estas bases o en aquello que las contradiga, será de aplicación la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.

ANEXO II

INSTANCIA PARA FORMAR PARTE DE LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA OBTENCIÓN DEL PERMISO MUNICIPAL DE CONDUCTOR DE TAXIS EN EL MUNICIPIO DE PUERTO DE LA CRUZ

Acceda al modelo de instancia a través del siguiente enlace:

https://www.fedetax.es/wp-content/uploads/2024/01/ANEXO-I-1.pdf