Lun. Ago 17th, 2026

Mogán. Convocatoria y pruebas de aptitud para acceder al permiso municipal de conductor de Auto-Taxi

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE MOGÁN

ANUNCIO 2.736

CONVOCATORIA Y BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS DE APTITUD NECESARIAS PARA ACCEDER AL PERMISO MUNICIPAL DE CONDUCTOR/A DE VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO AUTO-TAXI EN EL MUNICIPIO DE MOGÁN.

En virtud de Decreto número 2025/5043 de fecha 23/10/2025 del Concejal Delegado en materia de Transporte, se aprobaron las BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE HAN DE REGIR LA PRUEBA DE APTITUD NECESARIA PARA ACCEDER AL PERMISO MUNICIPAL DE CONDUCTOR/A DE VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO AUTO-TAXI EN EL MUNICIPIO DE MOGÁN.

Por medio del presente se convoca la prueba de aptitud necesaria para la obtención del permiso municipal de conductor/a de vehículos de Servicio Público de Auto Taxi en el Municipio de Mogán, que se regirá por las bases específicas que figuran anexas al presente anuncio.

Las personas interesadas podrán presentar sus solicitudes para participar en la prueba de aptitud para acceder al permiso municipal de conductor/a de vehículos de Servicio Público de Auto Taxi, en el plazo de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mogán (www.mogan.es), mediante el trámite “Prueba de aptitud para la obtención del permiso municipal de conductor/a de autotaxi”, o presencialmente pidiendo cita previa en las oficinas de atención a la ciudadanía (OAC). Junto a la solicitud deberán aportarse los siguientes documentos:

1. Documento Nacional de Identidad o NIE.

2. Permiso de conducción de vehículos vigente de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte de viajeros expedido por la Jefatura de Tráfico.

3. Documento acreditativo del abono de las tasas municipales establecidas reglamentariamente por derechos de examen.

4. Certificado de antecedentes penales.

5. Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos de honorabilidad. Lo que se hace público para general conocimiento.

ANEXO

BASES ESPECÍFICAS POR LAS QUE SE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS DE APTITUD NECESARIAS PARA ACCEDER AL PERMISO MUNICIPAL DE CONDUCTOR/A DE VEHÍCULOS DE SERVICIO PÚBLICO AUTO-TAXI EN EL MUNICIPIO DE MOGÁN.

PRIMERA. OBJETO DE LAS BASES.

Es objeto de las presentes bases regular la prueba de aptitud y/o acceso para obtener el permiso municipal para conductor/a de vehículos de servicio público de autotaxi en el municipio de Mogán, de conformidad con la legislación vigente, con lo previsto en el artículo 151 del Reglamento Municipal de Transporte de Mogán, el artículo 39 del Reglamento Nacional de los Servicios Urbanos e Interurbanos de Transportes en automóviles ligeros, aprobado por Real Decreto 763/1979, de 16 de marzo y Disposición Transitoria Quinta del Reglamento del Servicio del Taxi de Canarias, aprobado por Decreto 74/2012, de 2 de agosto.

SEGUNDA. REQUISITOS SUBJETIVOS.

Las personas interesadas en realizar la prueba de aptitud deberán ser mayores de edad y cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Tener la nacionalidad española, o bien la de un Estado de la Unión Europea o de otro país extra comunitario con el que, en virtud de lo dispuesto en acuerdos, tratados o convenios internacionales suscritos por España, no sea exigible el citado requisito o, en otro caso, contar con las autorizaciones o permisos de trabajo que, con arreglo a lo dispuesto en la Legislación sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, resulten suficientes para amparar la realización de la actividad de transporte en nombre propio o ajeno
  2. Permiso de conducción de vehículos vigente de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte de viajeros expedido por la Jefatura de Tráfico.
  3. Cumplir con los requisitos de honorabilidad con las condiciones y los términos establecidos en el artículo 15 de la Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias:
  • No haber sido objeto de una condena penal por delito grave.
  • No haber sido declarada no apta para ejercer la profesión de transportista por carretera de acuerdo con la normativa vigente.
  • No haber sido sancionada reiteradamente por infracción grave de la normativa relativa a las condiciones de remuneración y de trabajo de la profesión, o la actividad de transporte de mercancías o de viajeros por carretera, según el caso, en especial, las normas relativas a tiempos de conducción y de descanso de los conductores, al peso y dimensiones de los vehículos comerciales, a la seguridad vial y a la seguridad de los vehículos, a la protección del medio ambiente y a las restantes normas relativas a la responsabilidad profesional.

TERCERA. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN.

1. Las solicitudes para participar en la prueba de aptitud, se formalizará según el trámite establecido bien a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Mogán (www.mogan.es), mediante el trámite “Prueba de aptitud para la obtención del permiso municipal de conductor/a de autotaxi”, o presencialmente con cita previa en las oficinas de atención a la ciudadanía (OAC).

2. Junto a la solicitud deberán aportarse los siguientes documentos:

a) Documento Nacional de Identidad o NIE.

b) Permiso de conducción de vehículos vigente de la clase y con las condiciones exigidas por la legislación vigente para conducir turismos destinados al transporte de viajeros expedido por la Jefatura de Tráfico. (Documento de autorización para su consulta, salvo oposición).

c) Documento acreditativo del abono de las tasas municipales establecidas reglamentariamente por derechos de examen.

d) Certificado de antecedentes penales. (Documento de autorización para su consulta, salvo oposición).

e) Declaración responsable acreditativa del cumplimiento de los requisitos de honorabilidad.

CUARTA. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES.

El plazo de presentación de las solicitudes será de QUINCE (15) DÍAS, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

Sin perjuicio de lo anterior, la presente convocatoria y todos los anuncios dimanantes de la misma, incluido el anuncio relativo a la fecha de celebración de las pruebas de aptitud, se insertarán en el Tablón de edictos de página web municipal www.mogan.es

QUINTA. LISTA PROVISIONAL Y DEFINITIVA.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se dictará resolución por el órgano competente declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y/o excluidos/as que será publicada en el Tablón de edictos de la página web municipal www.mogan.es

Las personas excluidas podrán subsanar, en su caso, los defectos en que pudieran haber incurrido su solicitud dentro del plazo de DIEZ DÍAS de acuerdo a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Transcurrido el plazo de subsanación se dictará resolución de aprobación de lista definitiva de aspirantes admitidos/as y/o excluidos/as que se publicará en el Tablón de edictos de la página web municipal www.mogan.es, resolución en la que se designará a los/as integrantes del Tribunal así como la fecha, lugar y hora de realización de la prueba.

SEXTA. TRIBUNAL CALIFICADOR.

El Tribunal Calificador presidirá la realización de la prueba selectiva y estará constituido por Presidente/a, Secretario/a y al menos un vocal siendo sus funciones resolver las cuestiones que pudieran suscitarse en el curso del proceso adoptando los acuerdos necesarios para el cumplimiento de todo lo previsto en las presentes bases.

Los/as miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo y las personas aspirantes podrán recusarlos/as cuando concurran las circunstancias previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de del Sector Público, notificándose a la autoridad convocante.

SÉPTIMA. PRUEBA: COMIENZO Y DESARROLLO.

La fecha, lugar y hora fijada para la celebración de la prueba se determinará en la resolución de aprobación de la lista definitiva de aspirantes admitidos/as y/o excluidos/as y se publicará en el Tablón de edictos de la página web municipal www.mogan.es

Los/as aspirantes serán convocados para la prueba en el día fijado, en llamamiento único, al que deberán acudir provistos del original del documento de identidad, salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada con absoluta libertad por el Tribunal.

La no presentación de un/a aspirante a dicha prueba en el momento de ser llamado/a o la deficiente acreditación de su identidad determinará su exclusión automática de la misma.

El Tribunal determinará la duración máxima del ejercicio en el momento de su realización, no pudiendo ser superior a 2 horas

OCTAVA. CONTENIDO DE LA PRUEBA.

La prueba de aptitud necesaria para obtener la autorización del permiso municipal para conducir vehículos de servicios públicos auto-taxis en este municipio consistirá en la realización de un examen tipo Test que versará sobre el siguiente contenido y que figurará en el trámite catalogado “Prueba de aptitud para la obtención del permiso municipal de conductor/a de autotaxi”, o en la página web municipal (www.mogan.es) en la Concejalía de Transportes:

Grupo A: Consistirá en contestar a 10 preguntas, con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una de ellas es la correcta que versará sobre el conocimiento del municipio.

Grupo B: Consistirá en contestar a 10 preguntas, con cuatro respuestas alternativas de las cuales sólo una de ellas es la correcta que versará sobre las normas relativas al servicio de taxi y tarifas vigentes.

Grupo C: Consistirá en conocimientos aritméticos.

Grupo D: Consistirá en conocimientos básicos de inglés.

En el desarrollo de la prueba no se permitirá la utilización o consulta de ningún tipo de texto debiendo obtenerse la calificación de apto/a para superar la misma.

Cada ejercicio será valorado de cero a diez puntos considerándose superada la prueba cuando el/la examinado/a obtenga una calificación mínima 6 puntos.

NOVENA. RELACIÓN DE APTOS/AS Y NO APTOS/AS.

Finalizada la valoración del ejercicio, el Tribunal elevará la lista con las calificaciones de los/as aspirantes a la Concejalía de Transporte, junto al acta de la sesión del Tribunal en la que habrán de figurar todos los/as aspirantes con sus calificaciones. Este listado se publicará el Tablón de edictos de la página web municipal (www.mogan.es) a fin de que se puedan presentar las alegaciones, en el plazo de CINCO (5) DÍAS, que se estimen pertinentes por parte de los/as aspirantes.

DÉCIMA. RECURSOS.

Las presentes bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal podrán ser impugnados de conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.

En todo lo no previsto en estas bases será de aplicación el Reglamento municipal de Transporte, publicado en el BOP número 94 de 2 de agosto de 2024 y demás normativa que resulte de aplicación.

En Mogán, a cuatro de agosto de dos mil veintiséis.

EL ALCALDE ACCIDENTAL, Juan Ernesto Hernández Cruz