Cabildo de Gran Canaria. Convocatoria de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del Transporte Público Discrecional de vehículos Auto-Taxis.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/914361)
Extracto de la convocatoria: Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular de 15 de junio de 2026, por el que se aprueba la Convocatoria y del gasto para las subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público discrecional en vehículos autotaxi en el ámbito de Gran Canaria para el año 2026, así como la delegación de competencias al titular de la Consejería.
Beneficiarios: Podrán ser beneficiarios de las subvenciones reguladas en la presente Convocatoria las personas físicas, titulares de licencia municipal y autorización de transporte público discrecional de vehículos autotaxi (VT) en el ámbito de la isla de Gran Canaria, que hayan adquirido vehículos nuevos de primera matriculación, siempre que reúnan los requisitos para obtener tal condición previstos, en los apartados 2 y 3 del artículo 13 LGS; y en la Base 6ª de la Ordenanza General de Subvenciones.
En el momento de la finalización del plazo de solicitud el vehículo objeto de la subvención deberá disponer de la preceptiva licencia municipal y autorización administrativa para el ejercicio de la actividad de transporte público para vehículos de transporte discrecional de viajeros en vehículos autotaxi de hasta 9 plazas (VT), o en caso de haberla solicitado, cumplir todos los requisitos para su obtención. Que el vehículo objeto de la subvención sustituya a otro que se encuentre bajo titularidad del solicitante de la subvención cuya fecha de transmisión, baja definitiva o de baja de Servicio Público esté comprendida entre el 08 de abril de 2024 y la fecha de publicación de la presente convocatoria. En caso de que el vehículo sustituido tenga la etiqueta DGT “C”, “B” o carezca de etiqueta ambiental de DGT, será necesario presentar baja definitiva o baja del Servicio Público; o bien, que el vehículo objeto de la subvención sea con el que se inicie en la actividad por el solicitante, en caso de ser transmisión mortis causa o intervivos en la licencia municipal y autorización VT, sustituyendo a otro vehículo al que se encontraba adscrita la licencia y autorización transmitida.
Objeto:
1. La presente Convocatoria tiene por objeto establecer los principios que regulan la concesión de subvenciones destinadas al programa de renovación de flota del transporte público discrecional en vehículos autotaxi en el ámbito de Gran Canaria para el año 2026, en régimen de concurrencia competitiva.
2. Los vehículos financiados con la subvención concedida en la presente convocatoria, deberán permanecer en el patrimonio del beneficiario por un período mínimo de 5 años a partir de la concesión de la subvención, sea el bien inscribible o no, en un registro público.
3. Quedan expresamente excluidos del objeto de esta subvención los vehículos de transporte público discrecional en vehículos autotaxi, que hayan sido subvencionados con cargo a anteriores convocatorias de renovación de flota del Cabildo de Gran Canaria.
Bases Reguladoras: Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria. (B.O.P. Las Palmas número 166, de 26/12/2008).
Cuantía:
1. La dotación presupuestaria destinada a esta Convocatoria, será la establecida en el Presupuesto General de la Corporación para el año 2026 en la siguiente aplicación presupuestaria: 01290/442/770000126 denominada FOMENTO Y MODERNIZACIÓN DEL TRANSPORTE TERRESTRE. Importe: 950.000,00 euros.
2. En aplicación del artículo 58.2 del RGS, además de la cuantía establecida en el punto 1 de este artículo, resultará admisible la fijación de una cuantía adicional por haberse solicitado un incremento del importe del crédito presupuestario, no disponible en el momento de la convocatoria, por importe de 424.000,00 euros como consecuencia de una incorporación de remanentes de crédito, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de una nueva convocatoria. La efectividad de esta cuantía adicional queda condicionada a la declaración de disponibilidad del crédito como consecuencia de la circunstancia antes señalada y, en su caso, previa aprobación de la modificación incorporación de remanentes de crédito indicada, en un momento anterior a la resolución de la concesión de la subvención.
3. La dotación económica de las subvenciones concedidas será distribuida conforme a las prioridades y criterios que se contienen en la presente convocatoria.
Plazo de presentación de las solicitudes: DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el B.O.P. de Las Palmas.
Recursos: Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer por los interesados Recurso Potestativo de Reposición ante el mismo órgano que ha dictado el presente acto, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente su publicación, según establece el artículo 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, se podrá impugnar directamente la citado Resolución mediante la interposición de Recurso Contencioso Administrativo ante la Sección de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal de Instancia de Las Palmas de Gran Canaria, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cuantos otros recursos se consideren oportunos y resulten procedentes.
Otros datos: La información relativa a esta Convocatoria puede consultarse en las siguientes páginas web:
www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index
Las Palmas de Gran Canaria, a diecinueve de junio de dos mil veintiséis.
EL CONSEJERO DE GOBIERNO DE PRESIDENCIA Y MOVILIDAD SOSTENIBLE (Acuerdo Consejo de Gobierno Insular 2/12/2024), Teodoro Claret Sosa Monzón
Acceda a las Bases a través del siguiente enlace:
https://www.fedetax.es/wp-content/uploads/2026/06/Convocatoria-Renovacion-taxis-GC-Ano-2026.pdf
