Mar. Abr 23rd, 2024

Fedetax, insta al Gobierno de Canarias, a que aclare dudas sobre las ayudas publicadas y orientadas a los autónomos perjudicados por el estado de alarma.

Fedetax ha presentado por registro electrónico en el día de hoy , ante la sede de presidencia , un documento instando al Gobierno de Canarias a que se aclaren las dudas que tiene el sector en referencia a las ayudas, tanto estatales como las autonómicas, orientadas a los autónomos que no se les permite hacer un cese de actividad (por tener consideración de servicio esencial) y cuya recaudación se haya visto disminuida en un 75%, motivada por la declaración del Estado de Alarma.

En dicho documento solicita que se aclare principalmente lo siguiente:

a.-) Si las ayudas publicadas en el Boletín Oficial del Gobierno de Canarias nº 67, de fecha 3 de Abril de 2020, por valor inicial de 11.000.000 euros y cuyo destino es completar la prestación extraordinaria regulada en el artículo 17 del Real Decreto ley 8/2020, de 17 de marzo, de medidas urgentes para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19, de aquellas empresas que se hubieran cesado su actividad, con la finalidad de cubrir el 30% restante de la base de cotización mínima en el Régimen Especial de Autónomos, al objeto de completar el 100% de la prestación, tiene cabida los autónomos que han visto reducida su facturación en un 75%.

Ya que dicho documento sólo hace referencia a los autónomos que hayan cesado su actividad sin ninguna otra referencia, ni tampoco aclara donde y cuando hay que presentar la solicitud para poder ser beneficiarios.

b.-) Se interceda ante las administraciones estatales para que el Gobierno de España acepte como modo probatorio, a la hora de justificar la reducción de ingresos de la actividad en un 75%, y poder ser beneficiarios de las ayudas estatales, las reducciones de flota decretadas por las diferentes administraciones locales, ya que al encontrarse el sector del taxi en tributación objetiva (módulos), no se lleva contabilidad de la empresa y no se podría demostrar por este medio la baja recaudación. Recaudación, que en la mayoría de los casos, supera el 90%.

Documento presentado: