VTC. Fedetax se persona en el Recurso de Casación interpuesto por el Cabildo Insular de Gran Canaria contra la sentencia dictada por el T.S.J.C.

El pasado día 03.06.2025, se habría interpuesto ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, un Recurso de Casación, por parte del Excmo. Cabildo Insular de Gran Canaria, contra la sentencia de fecha 10.04.2025, dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas de Gran Canaria, a través de la cual, se desestimaba los 3 Recursos de Apelación interpuestos por las representaciones procesales del Gobierno de Canarias, del Cabildo Insular de Gran Canaria, y de la propia FEDETAX.
Esos Recurso de Apelación, se interpusieron contra la sentencia de fecha 27.05.2024, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 5 de Las Palmas, la cual, estimaba las pretensiones de la entidad Senza 2020, S.L., quien solicitaba la expedición de 200 Autorizaciones de Transportes de la serie V.T.C. para la isla de Gran Canaria.
A la vista de la interposición del mencionado Recurso de Casación y, ante la vital importancia y trascendencia que va a tener la Resolución judicial que se promulgue para el sector del taxi en Canarias, el día 13 de junio FEDETAX se ha personado en legal forma en ese Auto ante el Tribunal Supremo, para continuar defendiendo los intereses del sector del taxi en esa jurisdicción superior, tal y como, lo venimos haciendo en todos los procesos judiciales en los que nos hemos personado, por asuntos o peticiones similares a aquélla.
Lo importante en este Recurso ante el Tribunal Supremo, es dilucidar si la condición especial de Canarias como Región Ultraperiférica de la Unión Europea, es fundamento suficiente para que se aplique, en el litigio de la petición de esas autorizaciones de V.T.C., sólo la normativa autonómica Canaria en materia de transportes, con sus especificidades y limitaciones y con ello conocer la decisión del Tribunal Supremo en este aspecto, así cómo conocer y resolver sobre la afección de la sentencia de fecha 08.06.2023, dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en el asunto C-50/21, al aplicar ésta última la normativa de Transportes Nacional del Estado Español (L.O.T.T.), mientras que en Canarias, sería de aplicación prioritaria la normativa de transportes autonómica (L.OT.C.C.) y no la Nacional.
Ello podría suponer un conflicto competencial que debería resolver también el Tribunal Supremo, debiendo pronunciarse sobre una hipotética vulneración del principio del reparto de competencial entre el Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias.